V
DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede laboral DECLARA:
ÚNICO: SIN LUGAR LA DEMANDA que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES, instauró el ciudadano JOSÉ WILSON PÉREZ DÁVILA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-10.158.386 y domiciliado en el Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en su carácter de TRABAJADOR, contra la sociedad mercantil SERVICIO DE VIGILANCIA RESGUARDO Y PROTECCIÓN C.A., (SERVIRESPROCA), inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de noviembre de 1976, bajo el Nº 51, tomo 110-A Sgdo, en su carácter de PATRONA, representada por su director, ciudadano DANIEL JOSÉ FERNÁNDEZ BRICEÑ.....