este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE SAN ANTONIO DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
UNICO: DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la ciudadana: MARIA DEL CARMEN OTALORA PARRA, venezolana, titular de la cedula de Identidad No V-15.241.956, de 73 años de edad, fecha de nacimiento: 17-10-1939, divorciada, alfabeta, profesión del hogar, natural de Garzón, Departamento del Huila, República de Colombia, Residenciada en la carrera 3 , Numero 1-0, Madre Juana, San Cristóbal, estado Táchira, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE INTRODUCCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 104 literal a) de la Ley Orgánica de Aduanas vigente, en el presente caso la victima es: EL ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ord.....