Por las razones de hecho y de derecho establecidas, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:----------------------------------------------------------------------------------------------
Primero: Se Sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por otra menos gravosa, impuesta al ciudadano WILLIAM PORRAS SIERRA, de nacionalidad venezolana, Natural de Mérida, Estado Mérida, Titular de la Cédula de Identidad N° V.-11.016.771, nacido en fecha 9 de Noviembre de 1969, mayor de edad, de estado civil Soltero, ocupación obrero, con residencia en el Barrio Santa Lucia, calle principal, casa Nº 3-33, el Corozo, Estado Táchira, por la presunta comisión de los tipos penales de COAUTOR MATERIAL EN DELITO DE ROBO Y DE AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 457 y 287 del Códi.....