Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNALDE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO 04, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA en cuanto a la nulidad del Juicio, por cuanto si bien es cierto, el artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal, que refiere al sobreseimiento en la etapa de juicio, el Tribunal vio la necesidad de encontrar una mejor convicción en el juicio oral y público, para descartar a través de los expertos y en forma generalizada durante el debate oral y público, tomándose en cuenta los principios que atañen al mismo proceso en sus principios de inmediación y contradicción.
SEGUNDO: DECLARA CULPABLE al acusado PRADELIO RUBEN ZAMBRANO RAMIREZ, de nacionalidad venezolana, nacido el día 31 de agosto de 1929, de 74, natural de Michelena, Estado Táchira, de estado civil viudo, de profesió.....