DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 19, 27, 44, 49, 257, y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 10. 12, 13, y 332 del Código Orgánico Procesal Penal declara CON LUGAR el pedimento de la Fiscalía, por lo que se declara el abandono de la defensa, y acuerda oficiar a la Coordinación de la Unidad de Defensa Pública de este Circuito Judicial Penal a los fines de que se le designe un nuevo defensor al acusado JOSÉ BACILIO VERA PÉREZ, suficientemente identificado en autos.