III.- PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la TACHA DE FALSEDAD INCIDENTAL, interpuesta por la ciudadana ROSDARY CAROLINA MORA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.788.869, con domicilio en el Barrio Santa Rosa, La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira y hábil civilmente, contra el ciudadano LARRY JESUS QUIROZ GRANADOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.579.745, con domicilio en la ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, obrando a través del abogado WILBUR ORVILLE ARELLANO ROJAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 165.655, con el carácter de endosatario en procuración, sobre la let.....