PARTE DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ateniéndose a lo alegado y probado en autos y sin sacar elementos de convicción fuera de éstos, y sin suplir excepciones ni defensas no alegadas ni probadas, administrando e impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de Reconocimiento de Unión Concubinaria, interpuesta por la ciudadana CARMEN EDILIA BUITRAGO RUIZ, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-3.006.492, con domicilio en la ciudad de San Cristóbal, del Estado Táchira, urbanización Táchira calle independencia, número 2-47, la Concordia, con número telefónico 0414-7599440 y civilmente hábil, contra los ciudadanos SANTIAGO CAMARGO BUITRAGO y JAIR ARNEL CAMARGO BUITRAGO, quienes son ven.....