Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: la Rectificación del Acta de Defunción N° 008 de fecha Diez (10) de Junio del año 1999, registrada ante el Registro Civil de la Parroquia "Amenodoro Rangel Lamus", del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana HELI ESTER BARRERA DE CHACÓN, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-5.686.337. En el sentido que, figure en adelante la legitima nacionalidad de la ciudadana "HELI ESTER BARRERA DE CHACÓN, a saber Colombiana", Así se decide-.
En consecuencia, se ordena al Registro Civil del Municipio Cárdenas del estado Táchira y al Registro Principal del estado Táchira, estampar nota marginal en el Acta de Defunción antes referida, conforme l.....