DECLARA CON LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA prevista en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la ciudadana SONIA LEUCI GUERRERO, asistida por la abogada LESLY ANDREINA MORENO GAMEZ. En consecuencia, se acuerda remitir el presente expediente al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que sea acumulado al expediente N° AP11-V-20011-000581 de la nomenclatura de dicho Juzgado.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Notifíquese a las partes.