Por todos los argumentos antes expuestos, tanto de hecho como de derecho, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Querella Interdictal de Amparo a la Posesión intentada CONFITERIA EL LORO C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira bajo El No. 59, Tomo 20-A, de fecha 14 de diciembre de 1.994 representada por el ciudadano MARIO HUMBERTO FLOREZ VELASCO venezolano, mayor de edad, con cedula de identidad N° V-15.231.611, contra la SOCIEDAD MERCANTIL DISLOR C.A. inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 22 de Diciembre de 2022, bajo el No. 07, Tomo 125-A, Expediente No. 445-59686, representada por el ciudadano NELSON ENRIQUE PAREDES SU.....