DISPOSITIVO
En consecuencia, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
PRIMERO: NIEGA LA ENTREGA del vehículo: MARCA: Ford; MODELO: F-350; AÑO: 1981, COLOR: Rojo; SERIAL DE CARROCERÍA: AJF37P86900; SERIAL DE MOTOR: 8 Cilindros; CLASE: CAMIÓN, TIPO: Estacas; USO: Carga, PLACAS 947-MAD, a la Ciudadana AURORA ESCALANTE SÁNCHEZ, Venezolana, mayor de edad, Divorciada, titular de la cédula de identidad N° V- 8.111.554, con domicilio en Urbanización Los Ceibos, Bloque 7, Apartamento 00-04, San Juan de Colón, Estado Táchira; por cuanto del análisis de las actuaciones, expuestas en la negativa; NO existen suficientes elementos para considerar que el vehículo descrito, sea de su propiedad; todo de conformidad con los Artículos 55 y 26 de La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los Artículo.....