Por los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO de fecha 01 de julio de 2024 interpuesta por el ciudadano DONAL MARTIN BRAVO SEMPRUN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.746.736, contra la ciudadana GLORIA ESPERANZA ROJAS ROMERO, quien actúa en representación de la ciudadana JUDITH PEÑA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.214.582. En consecuencia, queda reconocido el documento privado firmado en fecha 01 de julio de 2024.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzga.....