Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio interpuesta por Abg. EDUARDO BENJAMIN PÉREZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.858.739, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 48.306, de este domicilio y hábil, actuando como apoderado judicial del ciudadano: JEANE RODELLA ARELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.635.756, domiciliado en La Ciudad de Santa Ana del Táchira, Municipio Córdoba del Estado Táchira, sobre su acta de Matrimonio y en consecuencia acuerda:
PRIMERO: Se ordena la Rectificación del Acta de Matrimon.....