este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede Civil, DECLARA: SIN LUGAR la demanda interpuesta ÁLVARO ENRIQUE VARELA MORALES venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 5.666.690, en contra del ciudadano MIGUEL JOSE VALDEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-8.440.158, por DESALOJO. De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante. Publíquese, Regístrese, Diarícese y déjese copia debidamente certificada en el copiador de sentencia llevado por este Juzgado por Secretaría del presente fallo. En Santa Ana a los veinticinco (25) días del mes de marzo de 2015.- Años 204º de la Independencia y 156º de la Federación.-
JUEZ PROVISORIA.
AIDALIA MARGOT IGLESIAS.
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