1. Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSE EMILIO GIL, asistido por los abogados DIXON ISAIAS ROMERO URBINA y SAMIA HARB AYOUBI.
2. CONFIRMA la decisión dictada el 27 de febrero de 2008, por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 1, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otras disposiciones negó la entrega del vehículo marca: Chevrolet, Tipo: Sport Wagon, año: 1995, placas: MAC-60U, color: Beige, clase: camioneta, uso: particular, serial de carrocería: C1S6WSV332235, serial de motor: WSV332235, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.