Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio por desafecto presentado por JULACSY DEL CARMEN ANDRADE DE MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.702.700, asistida por la abogada ANA OFELIA CAMARGO PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 11.508.081, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 245.485., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil en concordancia con las sentencias N° 446/2014 de fecha 15 de mayo de 2014 emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y N° 1070 de fecha 09 de Diciembre de 2016 de la misma sala, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre el ciudadano JESUS EDYMA.....