"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, quienes reconocen sus firmas plasmadas en el Documento Privado así como cierto el contenido del mismo, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a declarar la Legalidad del Negocio Jurídico celebrado entre los ciudadanos CAROLINA CASTILLO CHAPARRO, venezolana, divorciada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.484.654, GLORIA MARIBEL CASTILLO CHAPARRO, venezolana, soltera, titular de la cedula de identidad N° V- 10.097.719, ALVARO CASTILLO MALDONADO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 10.095.037 y JHONNY CASTILLO CHAPARRO, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.319.081, hábiles en derecho, en consecuencia se HOMOLOGA LA NEGOCIACIÓN DE UN DOCUMENTO PRIVADO, celebrado por los solicitantes en fecha veintitrés (23) de febrero del año dos mil veintici.....