PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por los ciudadanos DORA CAROLINA VAQUERO CABARICO, DORA ALBA CABARICO PAREDES y ABEL ALIRIO VAQUERO CABARICO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 20.061.156, V- 10.193.351, V- 20.061.157, respectivamente, contra los ciudadanos HÉCTOR HORACIO MARTÍNEZ RIVERA, y EPIFANIO ROJAS ARIAS, venezolano y colombiano, en su orden, mayores de edad, titulares de las cédula de Identidad N° V-16.948.696 y de ciudadanía Nro. 307.966, respectivamente y hábiles, por motivo de COLUSION Y FRAUDE PROCESAL.
SEGUNDO: INADMISIBLE la reconvención propuesta por el ciudadano EPIFANIO ROJAS ARIAS,.....