Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento N° 2176 de fecha 02 de Diciembre de 1994, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y por el Registro Principal del Estado Táchira, correspondiente al ciudadano: JOSMER EDGARDO MENDEZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N V- 19.925.042, procediéndose a realizar las siguientes inserciones en donde no aparece la nacionalidad, numero de cédulas y domicilio de ambos padres del solicitante"(...) apareciendo como: EDGAR ORLANDO MENDEZ REY Y MARIA INOCENTES DELGADO DE MENDEZ (...), SIENDO DE MANERA CORRECTA (...) EDGARDO ORLANDO MENDEZ REY, venezolano, cas.....