"... Con los elementos que cursan en las actas procesales, este Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana YOLEIDA JOSEFINA CELIS NIÑO, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-14.361.811, residenciada en el Barrio Hugo Chávez, calle 8, casa N° 192, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, actuando en nombre y representación de sus hijos XXXXXX
SEGUNDO: Se establece como monto de la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA que el obligado JOSE ANTONIO MORA DIAZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.565.291, quien puede ser ubicado en el Barrio Las Delicias, calle 12, con carrera 17, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, debe pagar para sus hijos XXXX, la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA.....