EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN de el ciudadano: SANTIAGO GARCIA MARQUEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-19.034.410, nacido en fecha 28 de agosto de 1.984, de 25 años de edad, hijo de María Santos García (v) y santiago García (v), soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Rubio, Municipio Junín, sector la quiracha, apartamentos de la vía principal, bloque 12, apartamento 05, Estado Táchira, teléfono 0276-7623499, en la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Escalona Araque Irene María, por encontra.....