"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, quienes reconocen sus firmas plasmadas en el Documento Privado así como cierto el contenido del mismo, procede en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a declarar la Legalidad del Negocio Jurídico celebrado entre los ciudadanos: VICTOR RAUL MORENO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-19.578.906, MAURO ALEXIS SALAS ARELLANO venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 17.887.639 y GENESIS ANDREINA VARGAS MATHEUS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V- 25.921.503, domiciliados en La Fría, Municipio García de Hevia, estado Táchira, en consecuencia se HOMOLOGA LA NEGOCIACIÓN DE UN DOCUMENTO PRIVADO, celebrado por los solicitantes en fecha veintiseis (26) de septiembre del año dos mil veinticinco (2025). SE DEJA A SALVO DE.....