DECLARA CON LUGAR el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los cónyuges ALFREDO VALA SALDANHA PEREIRA Y ROSA BERNARDEZ ALONSO, ambos suficientemente identificados en autos, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, por ante la Prefectura de la Parroquia San Agustín, Departamento Libertador del Distrito Federal, el 16 de mayo de 1966, según acta de matrimonio N° 138.