este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para el conocimiento de la presente acción judicial de Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
SEGUNDO: SE DECLARA INADMISIBLE la presente demanda interpuesta por el Abogado Jorge Enrique González Camero, venezolano titular de la cédula de identidad N° V.- 5.282.352, inscrito en el IPSA bajo el N° 79.240, actuando en nombre y representación judicial de los ciudadanos: Herman Triana Jurado, Domingo Antonio Triana Jurado, Cesar Luis Triana Guzmán venezolanos titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 2.139.997 y V.- 2.145.428, y V.- 1.741.969, asimismo el prenombrado abogado asiste a los ciudadanos Mercedes Triana Guzmán, Guillermo Alfonso Triana Guzmán titulares de las cédulas de identidad, Nros. V.- .....