Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por autoridad de la Ley y actuando como TRIBUNAL DE ALZADA, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la Apoderada Judicial de las partes accionantes, Abg. Martha Virginia Pilles Redondo, contra la decisión proferida por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 08-06-2007.
SEGUNDO: SE CONFIRMA EN TODAS SUS PARTES la Sentencia dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 31-07-2006.
TERCERO: SE CONDENA en costas a las recurrentes, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.