PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION, interpuesto por el ciudadano Jairo Adarmes, asistido del abogado Marcelino Sánchez, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de enero de 2003, por el Juez de Primera Instancia en función de Control N° 5 de este Circuito judicial Penal.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión señalada en el numeral anterior, de conformidad con el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se ordena reponer la causa, al estado de que un juez distinto del que dictó la decisión del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, se pronuncie por auto fundado, analizando, a) si se encuentran llenos los requisitos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, que hagan procedente la imposición de una medida de coerción personal; b) sobre la medida cautelar decretada por el órgano policial comisionado por el órgano receptor de la denuncia, en contra de Jairo Adarmes, en fecha veintitrés.....