PRIMERO: CONDENA al ciudadano LUIS ALBERTO VERGARA MOGOLLON; de nacionalidad peruana, natural de Tombes Perú, nacido en fecha 19-06-1957, de 47 años de edad, Indocumentado, de profesión u oficio soldador, casado, domiciliado en el sector Niño Jesús, calle principal, al lado de una cancha, de futbolito, Palo Gordo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 323, en concordancia con el artículo 320, ambos del Código Penal, en perjuicio de la Fe Pública; en el lugar que designe el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad correspondiente.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano LUIS ALBERTO VERGARA MOGOLLON, a cumplir las penas accesorias consagradas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: Se exime al sentenciado del pago de las costas del proceso por ser la justicia gratuita conforme el artículo 26 de la Constitución de l.....