Ahora bien, a los fines de su admisión, resulta conveniente hacer las siguientes consideraciones: Del contenido del escrito de solicitud se destaca que no expresa el objeto o el fin de la misma. En consecuencia, esta Instancia Agraria, a los fines previstos, insta a la parte solicitante, para que dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al de hoy, subsane su escrito en los términos expuestos, so pena de no admitir la misma de conformidad a lo previsto en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo y Agrario.
La Jueza Provisoria,
Xiomara Méndez Ramírez,
La Secretaria,
Carmen Rosa Sierra