Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO realizado por el abogado MAC FLAVIER ARELLANO CHACON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.853, actuando con el carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano JOSE ELADIO HERRERA ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.347.241, parte demandante en la presente causa, otorgándole su aprobación. En consecuencia, conforme a lo solicitado, se levanta la medida de embargo preventivo decretada por este Tribunal en fecha 03/07/2023 (F. 5 y vuelto del cuaderno de medidas), sobre un vehículo el cual tiene las siguientes características: PLACA: A41DB6K; SERIAL CARROCERIA: 8X1FE659E5T600041; SERIAL DEL MOTOR: 4D34K03515; MARCA: MITSUBISHI; MODELO: CANTER FE 659-T; AÑO MODELO: 2005; COLOR: BLANCO; CLASE: CAMION; TIPO: VOLTEO; USO: CARGA; PUESTOS: 3; NR.....