Primero: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por los abogados Rafael Enrique Figueroa Gómez y Homero Horacio Hernández, con el carácter de defensores de los ciudadanos OSCAR DAVID AGUILAR MOLINA y ARMANDO CONTRERAS PRADA, contra la sentencia dictada en fecha 22 de abril de 2015, publicada el 28 del mismo mes y año, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, Extensión San Antonio del Táchira, mediante la cual, declaró culpable a los ciudadanos OSCAR DAVID AGUILAR MOLINA y ARMANDO CONTRERAS PRADA, condenándolos a cumplir la pena de diez (10) años y veintidós (22) días de prisión, por la comisión de los delitos de robo agravado y lesiones personales leves, previstos y sancionados en los artículos 458 y 416 del Código Penal venezolano, en perjuicio de Sergio Julián Serrano.
Segundo: CONFIRMA en todas y cada una de las partes la decisión señalada en el punto anterior.