Por las razones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 131, 769, 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil Vigente y en los artículos 26, 49 y 257 de nuestro Texto Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, presentada por el ciudadano CARLOS ANDRÉS MORENO ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.9.216.585, en consecuencia ordena al Registro Principal del Estado Táchira, así como al Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Táchira, Insertar la presente sentencia y hacer la debida nota marginal en el Acta de Matrimonio del ciudadano CARLOS ANDRÉS MORENO ROA, la cual se encuentra asentada bajo el No. 04 del año 1.980 en los Libros de Registro Civil antes mencionadas, a o.....