DISPOSITIVA
EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano JORGE MOJICA HERNÁNDEZ, nacionalidad venezolana, natural de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, nacido en fecha 13 de junio de 1975, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.518.845, alfabeta, profesión Chofer, hijo de santiago José Mujica (v) y de Pureza Hernández de Mujica (v), soltero, residenciado en la calle 03 Nº 83, Barrio Unidos por Junín; el Remolino-la Quiracha, Rubio, Municipio Junín del estado Táchira, en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en pe.....