PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por las abogadas LIVIA ESTHER GUERRERO GARCÍA y CARMEN ASTRID GIFFUNI CRIOLLO contra el ciudadano Juez Temporal del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, abogado FABIO OCHOA ARROYAVE.
SEGUNDO: De conformidad a lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone multa a las recusantes abogadas LIVIA ESTHER GUERRERO GARCÍA y CARMEN ASTRID GIFFUNI CRIOLLO por la cantidad de dos bolívares exactos (Bs. 2,00), en razón de haber resultado la presente recusación declarada sin lugar, los cuales deberá pagar en el término de tres (3) días hábiles en el Tribunal Superior donde intentó la recusación, el cual actuará como agente del Fisco Nacional a los fines de su retención e ingreso en la Tesorería Nacional y le indicará la forma de liquidar dicha multa.
TERCERO: REMÍTASE con oficio copia computarizada certificada de esta decisión a los Juz.....