Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MARILU MENDEZ ALDANA, JOSE ABEL MENDEZ ALDANA y DOMINGO EDECIO MENDEZ ALDANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-12.846.737, V-18.379.260 y V-17.083.454, según consta en actas de nacimiento N° 130, de fecha 03 de marzo de 1975, expedida por el Registro Civil del Municipio Panamericano del Estado Táchira, N° 414, de fecha 13 de junio de 1977, expedida por el Registro Civil del Municipio Panamericano del Estado Táchira, N° 290, de fecha 02 de mayo de 1983, expedida por el Registro Civil del Municipio Panamericano del Estado Táchira, sus derechos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de.....