Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve:
1) DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE INTERDICCIÓN, propuesta por el ciudadano ROBERTO ENRIQUE GUERRERO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V.-9.240.383, de este domicilio y hábil, asistido por el abogado Roberto Enrique Guerrero Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 2.755.846 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.998.
2) DECRETA LA INTERDICCION DEFINITIVA DE LA CIUDADANA MARÍA NATALIA MÉNDEZ SANTANDER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-14.872.688, y en aplicación del artículo 397 del Código Civil, quedará bajo la tutela y las disposiciones relativas a éstas le serán comunes, en cuanto sean .....