DISPOSITIVO
Como consecuencia de lo expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Inadmisible la Tacha propuesta por la parte demandada Ana Paula Murillo de Parra, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V-5.662.058, domiciliada en la carrera 4 con calle 11, N° 21, Santa Ana, Sector Las Golondrinas, Municipio Córdoba, estado Táchira, a través de su apoderada judicial abogada Iraima Yannette Ibarra Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.803, contra los documentos privados marcado "A", recibo de una hoja de cuaderno de fecha 20/06/2013; copia fotostática marcada "B", cheque de gerencia N° 003670276 del Banco Sofitasa por la cantidad de Bs. 80.000,99; venta privada marcada "C"; acta de transferencia y solicitud de tramitación de procedimientos a.....