En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
*.- PRIMERO.- LA INTERDICCION PROVISIONAL DEL CIUDADANO: RICHARD ALEJANDRO NÚÑEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-10.178.017.
*.- SEGUNDO.- SE DESIGNA COMO TUTORA PROVISIONAL A LA CIUDADANA: RAIZA LISBETH NÚÑEZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-11.493.213.
*.- TERCERO.- Se ordena publicar el presente decreto de interdicción provisional tal como lo prevé el artículo 415 del Código Civil; asimismo, a fin de dar cumplimiento con lo señalado en el artículo 414 ejusdem, regístrese el presente decreto y déjese constancia en autos de haber cumplido lo aquí ordenado todo de conformidad con l.....