PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede mercantil, DECLARA: SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos JOSE ALEXANDER QUIROZ DUQUE y SOCORRO DEL CARMEN DUQUE DE QUIROZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 16.787.232 y V -15.433.835 en su orden, cónyuges entre sí y domiciliados en la ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui del estado Táchira, contra el ciudadano LUIS JAVIER RAMIREZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.760.549, con domicilio en La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, por COBRO DE OBLIGACIÓN, tramitada a través del PROCEDIMIENTO DE INTIMACION.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de.....