Por todos los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADO-LESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre da la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SO-BRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa, a favor del adolescente (Identidad omitida articu-lo 545 de la Lopna); a quien se le investigaba por la comisión del delito de CONTRABANDO, previsto en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; de confor-midad con el ordinal 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal y no de conformidad con el ordinal 1º del artículo 318 ejusdem, tal y como lo planteó el Ministerio Público. Notifíquese de la presente decisión a las partes. Una vez firme la presente decisión, remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
REGISTRESE Y DEJ.....