Por los razonamientos ya expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara la Inadmisibilidad de la pretensión interpuesta por la ciudadana NUVIA ESPERANZA TRUJILLO DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.209.158, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, por Incumplimiento de contrato de arrendamiento, en contra del ciudadano BALDASARE ALESANDRO PIAZZA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.240.213, por Inepta acumulación de Pretensiones, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Por cuanto se declaro la Inadmisibilidad de la Demanda, este Tribunal se abstiene de pronunciarse sobre el acervo probat.....