PRIMERO: CON LUGAR recurso de Apelación interpuesto por la abogada Thais Tibisay Cabello Guarenas, en su condición de querellante, contra la decisión dictada en fecha 26 de mayo de 2015.
SEGUNDO: ANULA la decisión dictada en fecha 26 de mayo de 2015, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual entre otros pronunciamientos, decretó la desestimación de la denuncia, interpuesta por la querellante, toda vez que el hecho no reviste carácter penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: ORDENA que otro Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, se pronuncie y dicte decisión en el presente asunto en lo que respecta a la desestimación solicitada por la Fiscalía del Ministerio Público.
CUARTO: DECLARA INOFICIOSO entrar a conocer los restantes planteamientos efectuados en el recurso de apelación, debi.....