DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNALDE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanosCARMEN BONIFACIA LOVERA de URIBE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 8.199.000, domiciliado en Urbanización El Diamante I, Vereda 2, Casa N° 20 , Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira yTEODORO URIBE FONSECA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 3.063.073, domiciliado en Barrio Andres Eloy Blanco, calle12, con Avenida 0, Nro 2, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira,de acuerdo con lo establecido a sentencia No. 693 del 02/06/2015 y Sentencia No. 1070, del 09/12/2016.
SEGUNDO:QUEDA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 02/02/1979, entre los ciudadanos antes mencionado.....