"...En orden a las consideraciones que anteceden, este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO signada con el número 13, inserta en los Libros de Matrimonio llevados por ante El Registro Civil del Municipio García de Hevia, Estado Táchira, durante el año 2005, correspondiente al CIUDADANO: JOSE RAMON ZAFRA ARENAS, en el entendido de que en el Libro de Matrimonios llevado en dicho Registro Civil, como en su duplicado que reposa en el Registro Principal del Estado Táchira, aparezca en lo sucesivo en dicha Acta el primer apellidos del solicitante en la forma siguiente: "ZAFRA ", y no "ZAPA". Queda así rectificada dicha Acta de Matrimonio.
Dada, firmada y sellada en el JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en La Fría, a los ocho (08) días del mes de marzo de dos mil diez. Años 199 de la Independencia.....