D E C I S I O N
Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones, en su Sala Única, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Loredana Moreno de Duque, en su carácter de defensora del acusado Freddy Antonio López García.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia publicada en fecha 29 de octubre de 2009, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nro. 1, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otros pronunciamientos declaró culpable al referido acusado, por la comisión de los delitos de porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal y aprovechamiento de cosas provenientes del delito, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 470 del Código Penal, en perjuicio del orden público, y lo condenó a cumplir la.....