PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de los imputados JHONNY ALBINO ARAUJO MARTÍNEZ, nacionalidad venezolana, natural de Valera, Estado Trujillo, nacido en fecha 30-10-1982, titular de la cédula de identidad Nº V-16.065.726, de 26 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en la Urbanización Morón, vereda 50, casa S/N, Valera, Estado Trujillo, teléfono 0414-1751618, quienes encuadran en la tipificación penal de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por estar satisfechos los extremos del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Ordena la prosecución de la presente causa por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo establece el artículo 373 del Códig.....