ÚNICO: Inoficioso entrar a resolver el recurso de apelación presentado por el abogado Cesar Josue Ochoa, en su carácter de defensor privado, del ciudadano José Luis Alberto Calderón Torres, contra la decisión dictada en fecha 29 de agosto de 2016 y publicada en fecha 12 de Septiembre del mismo año, por el Abogado Víctor Manuel Andrade, Juez Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual entre diversos aspectos procesales; Admitió totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del imputado José Luis Alberto Calderón Torres, por la presunta comisión del delito de Extorsión, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, de conformidad con lo establecido en el artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 313 ordinal 2° ejesdum, y mantuvo la medida de privación judicial al imputado José Luis Alberto Calderón Torres.