PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, SE HOMOLOGA el convenimiento realizado por los ciudadanos ORLANDO SUÁREZ VILLAMIZAR y GLADYS MARINA SUÁREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 22.632.700 y V.- 11.509.110, respectivamente, domiciliados en el Hiranzo, vereda 0 Pablo Emilio Cárdenas N° 3-60, parte baja, Parroquia Táriba del Municipio Cárdenas del estado Táchira y civilmente hábiles, asistidos por la abogada WENDY TAMAR GARCÍA OCHOA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 182.752.
SEGUNDO: PROCEDENTE la demanda de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, interpuesta.....