Por lo anteriormente expuesto, esta Jueza Unipersonal No.3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA incoada por la ciudadana GLADYS JANNETH CASIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-12.634.981, asistida por la abogada Merle Panza, Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, en contra del ciudadano OSVALDO ELIAS ALBARRACIN JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-9.246.578.
En consecuencia se fija la obligación alimentaría a favor de la niña KATIUSKA ALEJANDRA ALBARRACIN CASIQUE, en la suma de Bs.100.000,00 mensuales.
Notifíquese a las partes.