Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento N° 903 de fecha 26 de Junio de 1989, expedida por el Registro Civil del Municipio Junín, Estado Táchira y por el Registro Principal del Estado Táchira, correspondiente a la ciudadana: KATIUSKA CAROLINA GALVIZ ESQUIVEL venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N V- 19.396.912, procediéndose a realizar las siguientes inserciones: en donde aparece "(hija del presentante y de su cónyuge Blanca Cecilia Esquivel, de veintiséis años de edad, casada, católica,, farmacéutica, ambos domiciliados en este municipio y venezolanos...)" (...)", debe ser lo correcto: "(...)"(hija del presentante y d.....