PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Vigésimo Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por el hecho ocurrido el día 03 de Marzo del año 2.011, en la aprehensión del adolescente (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), ampliamente identificado, a quien la Fiscalía le imputa la presunta comisión de los delitos de ULTRAJE AL PUDOR, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y AMENAZAS, previstos en los artículos 381, 218, ambos del Código Penal y artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia en perjuicio de las Buenas Costumbres, el Orden Público y la ciudadana Y. C. C. M.; por considerar que se encuentran llenos los extremos previstos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de las Niñas, Niños y del Adolescente.
SEGUNDO: ORDENA la conti.....